Despacho 24 horas

Si es cliente nuestro, puede acceder identificándose:

Iniciar sesión

    Administración de Fincas Febrer cuenta con un despacho online que ofrece numerosas ventajas a las comunidades de propietarios


    • Comunicación inmediata con su administrador: Cambio de datos personales (dirección, teléfono, email...), cuentas de domiciliación bancaria, comunicación de averías.
    • Acceso a la información de su comunidad desde cualquier lugar: Información (Actas y convocatorias de juntas vecinales, Estado de incidencias) y situación económica (Liquidaciones, situación de los fondos de la finca, Gastos e ingresos detallados y con justificación de saldo de la comunidad, recibos pendientes).
    • Tablón de anuncios de la comunidad.

    Ofrecemos un servicio integral y transparente, avalado por más de 30 años de experiencia

    Solicite un presupuesto sin compromiso y nos pondremos en contacto con usted para ofrecerle la mejor solución de acuerdo a sus necesidades

    Solicitar presupuesto

    Subvención concedida – EMPYME GVA

    En cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la Orden 2/2024, de 29 de febrero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, informamos lo siguiente:

    Subvención concedida:

    La empresa FEBRER ADMINISTRACIÓN DE FINCAS, S.L.U. ha recibido una subvención de 15.000 euros en el marco de la convocatoria EMPYME 2024 de la Generalitat Valenciana.

    Finalidad de la ayuda:

    Esta subvención está destinada a cubrir los gastos corrientes derivados de la consolidación de nuestro proyecto empresarial, específicamente costes salariales de los empleados y los gastos relacionados con colaboradores profesionales.

    Objeto de las ayudas EMPYME:

    Estas ayudas tienen como objetivo principal apoyar a personas emprendedoras y pymes de la Comunitat Valenciana en el inicio y consolidación de sus proyectos empresariales. Se conceden para sufragar gastos corrientes, y no pueden destinarse a inversiones ni adquisiciones patrimoniales.

    Ámbito temporal de la convocatoria:

    Las actuaciones subvencionables deben haberse desarrollado entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de mayo de 2024, siendo requisito que los gastos hayan sido efectivamente pagados dentro de este mismo período y cumplan con los plazos de pago establecidos por la normativa aplicable.

    Esta información permanecerá publicada en este apartado de nuestra web durante un período mínimo de tres años, contados desde la fecha límite de justificación de la subvención, en cumplimiento de la normativa aplicable.

    Solicitar presupuesto